Alemania es uno de los países que reconoce la ciudadanía por el concepto de jus sanguini, o sea, derecho de sangre. Eso significa que los brasileños que tengan la descendencia alemana pueden requisar la doble ciudadanía.
La ciudadanía alemana es concedida por descendencia/filiación, lugar de nacimiento, adopción o naturalización.
El principio de descendencia/filiación (principio de ius sanguinis) se orienta por la nacionalidad de los padres: hijos de padres alemanes reciben automáticamente la ciudadanía alemana, aunque sólo el padre o sólo la madre sea alemán/alemana. En muchos casos, cuando el padre o la madre tienen otra nacionalidad, el hijo(a) puede tener derecho a la doble nacionalidad alemana. Eso se aplica, por ejemplo, con los hijos en que uno de los padres es alemán y el otro brasileño. Las dos nacionalidades son mantenidas por toda la vida, sin la necesidad del hijo(a) tener que elegir una de las dos.
Sin embargo, si los padres no son casados y solamente el padre posea la ciudadanía alemana, es necesario que él reconozca legalmente la paternidad antes que el hijo/a cumpla los 23 años.
El principio de “ius sanguinis” es aplicado no importa el lugar de nacimiento del hijo(a).
La adquisición de la nacionalidad por ascendencia paterna es posible si el padre alemán era casado con la madre en el momento del nacimiento del hijo(a). Si los padres no eran casados, obtener la ciudadanía generalmente sólo es posible si la persona haya nacido después de 30/06/1993 y el padre haya reconocido su paternidad. Para las generaciones anteriores valen las mismas condiciones: por exemplo, para el tema del padre o de la madre que consiguió la nacionalidad por medio del abuelo.
En el caso de que la madre sea alemana, con antepasados alemanes, el hijo(a) obtiene la nacionalidad si la madre era soltera cuando éste nació o, si estaba casada, el hijo nació después de 01/01/1975. En el caso de haber nacido antes de 01/01/1975, y de la madre estar casada en el momento del nacimiento, no es posible adquirir la nacionalidad por ascendencia materna. Excepción: en el caso de que la madre haya prestado una declaración sobre el tema delante de una autoridad o representación alemana en el periodo entre 01/01/1975 y 31/12/1977 de su nacionalidad. No es posible hacer la declaración retroactivamente. Para las generaciones anteriores valen las mismas condiciones. Por ejemplo, para el tema de la madre o el padre que consiguió la nacionalidad alemana por medio de la abuela.
En principio, es posible obtener la nacionalidad alemana por medio del abuelo/bisabuelo, pero será necesaria una verificación de la transmisión a cada generación para poder seguir pasándola adelante.O sea, del bisabuelo para el abuelo, del abuelo para el padre, etc.
En el caso de alguién que haya nacido en Brasil y tenga/tiene antepasados alemanes, es necesario empezar el proceso de constatación de la nacionalidad alemana junto a la representación diplomática de Alemania en Brasil.
Desde el año 2000, también vale en Alemania el principio del lugar de nacimiento. Eso significa que un niño(a) nacido en Alemania recibe automáticamente la ciudadanía, aunque ambos los padres sean extranjeros, desde por lo menos uno de ellos, en el momento del nacimiento del hijo(a), tenga la permisión de estancia permanente (unbefristete Aufenthaltsgenehmigung) y esté viviendo legal y continuamente en Alemania hace ocho años. En ese caso, el hijo(a) recibe automáticamente la ciudadanía alemana. En el caso de que el hijo(a) también obtenga otra(s) nacionalidad(es), él(ella) tendrá que decidir por una cuando cumpla 18 años. La doble ciudadanía alemana es sólo posible en casos excepcionales.
Desde 01/01/1977: una adopción válida según la legislación alemana de un menor de edad por un(a) alemán(a). La nacionalidad es concedida a partir del momento en que la adopción sea efectiva.
Desde 01/09/1986: el niño(a) adoptado(a) no puede haber cumplido 18 años todavía en el momento de solicitarse la adopción para que reciba la nacionalidad.
Una persona que no tenga derecho a la ciudadanía alemana según los casos descritos hasta el momento puede pedir su naturalización desde que cumpla con los siguientes requisitos:
Para requisar la naturalización, es necesario comprobar que usted tiene un nivel de idioma correspondiente al B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas. La comprobación se puede hacer de las siguientes maneras:
La naturalización puede ser requisada directamente a partir de los 16 años. La naturalización para menores de 16 debe ser requisada por los padres.